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1.1.14

LA OBLIGACIÓN DE BUSCAR APOYOS

El sistema parlamentario de gobierno hace descansar en la confianza de la Cámara legislativa la viabilidad y sustento del poder ejecutivo. El presidente es elegido o investido como tal por el parlamento y no directamente por decisión del cuerpo electoral. Al parlamento debe rendir cuentas y someterse a su control y orientación. La diferencia entre los sistemas democráticos presidencialistas y los de gobierno parlamentario no es, por lo tanto, menor, y, aunque en cualquiera de los casos el grado de perfección del modelo no depende necesariamente de la alternativa escogida (depende más bien de la articulación de los checks and balances, de la cultura democrática adquirida, de su acervo político, etc.), lo cierto es que la tradición europea es más proclive a situar el centro de gravedad del funcionamiento del sistema en la relación entre el poder legislativo y el ejecutivo. Por eso es impensable o cuando menos extraña desde la óptica europea la repetición de situaciones como las conocidas del sistema norteamericano, en el que la confrontación entre el Gobierno Federal y un Congreso de mayoría hostil puede ser prolongada y deparar situaciones de bloqueo –aunque transitorio por obra de la negociación- como las vividas los últimos meses (el abismo fiscal o el cierre de la Administración), que forman parte de las eventualidades reales.
En nuestro sistema, tanto en el nivel estatal como en el autonómico, las situaciones en las que el Gobierno carece de respaldo parlamentario suficiente son, por lo tanto, ajenas a la normalidad y, en algunos casos palmariamente patológicas (recordemos el Gobierno de Sergio Marqués, apoyado por sólo 5 diputados), contemplándose habitualmente dos formas de superación del desajuste. La primera es la derivada de la estricta negociación y correlación de fuerzas, de modo que un gobierno alcance pactos estables o puntuales, o incluso modifique su composición dando cabida a representantes de otras tendencias para revertir su debilidad parlamentaria y contar al menos con una expectativa factible de apoyos para sacar adelante su programa político y evitar el acoso y derribo de una Cámara contraria. El ejemplo más reciente, en el caso de Asturias, sería la recomposición de mayorías parlamentarias en 2008 (con el pacto PSOE-IU), que evitó la situación de inestabilidad del primer año de la VII Legislatura. La segunda alternativa es acudir a los procedimientos contemplados para comprobar los apoyos parlamentarios (la cuestión de confianza), permitir a la oposición articular mayorías alternativas (moción de censura) o, en último caso, disolverla Cámara y convocar elecciones para que el resultado abra, en su caso, otras opciones (caso de las elecciones de 2012, en nuestra Comunidad).
He aquí cuando surge la disfunción institucional que padece Asturias, que puede manifestarse de nuevo si las posiciones políticas de unos y otros no lo impiden. Faltando año y medio para la finalización de la legislatura, con el Gobierno en minoría y un parlamento adverso, nuestro Estatuto sí permitiría una nueva convocatoria electoral, pero para una legislatura nueva que fenecería igualmente en el término previsto en 2015. Es decir, un mandato corto, de urgencia y de segunda, como si fuese producto de una expresión del electorado de menos valor que las ordinarias. Nadie de los que ha analizado esta limitación entiende por qué, 32 años de vida estatutaria después, con un desarrollo autonómico significativo, acreditado el carácter convulso de nuestra vida institucional (7 presidentes desde 1983 y escenarios parlamentarios de lo más variopinto) y pese a haberse detectado hace mucho la necesidad de permitir un régimen ordinario de disolución de la Junta General y convocatoria de elecciones para legislaturas de 4 años, aún no se ha introducido la modificación necesaria en el Estatuto. Plantear el debate de esta cuestión junto con el resto de asuntos sometidos a discusión en la modificación estatutaria ha llevado a que, naufragado el proceso de modificación en su totalidad, nos quedemos con el problema incrustado en nuestro ordenamiento institucional, acordándonos de Santa Bárbara cuando truena. Por eso cuando hablamos de adecuar el Estatuto de Autonomía no sólo hablamos de debates de carácter teórico o identitarios; se trata de que el sistema de autogobierno que nos hemos dado funcione, también en circunstancias de controversia.

Así las cosas y con la convocatoria de 2015 relativamente cerca, entiendo que el Presidente plantee la inviabilidad del adelanto electoral. Pero tal reconocimiento no es suficiente; hasta entonces, sin visos de mayorías alternativas, tiene el deber de tratar de intentar recuperar, de forma activa y comprometida, con las alianzas parlamentarias que sean consistentes y posibles, los apoyos necesarios para que no nos enfrentemos a un año y medio perdido que no nos podemos permitir.

Publicado en Asturias 24, 24 de diciembre de 2013.

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