JUSTICIA A LA DERIVA
En apenas un año de gestión hemos podido constatar
el modelo de sistema judicial que propugna el Partido Popular y comenzamos a
padecer sus consecuencias. El mérito que le asiste es, a su vez, haber puesto de acuerdo prácticamente a todos los operadores jurídicos y a las diferentes
asociaciones, colegios profesionales y corrientes en que se agrupan. Pero, como
dice el verso de Borges, no une el amor sino el espanto; en este caso, la
pesadilla de ver a la Administración de Justicia y al Poder Judicial sometidos
a un marco regulador que devalúa su papel constitucional, que impide solucionar
pacíficamente las controversias propias de una sociedad compleja y que erosiona
su capacidad de control de las decisiones de los poderes públicos.
Tres
son las características que, a la luz de las decisiones adoptadas, definen el
modelo de justicia del PP. En primer lugar, es un modelo punitivo, sostenido casi
exclusivamente en el endurecimiento de las obligaciones y sanciones impuestas a
los particulares. En materia de política criminal, impulsando el populismo
correctivo, primando la función retributiva del Derecho Penal, supeditando
cualquier perspectiva de prevención del delito y de reinserción al deseo
prioritario de castigar y trayendo al Código, con la reforma en curso, figuras ajenas a nuestra tradición jurídica democrática, como la cadena perpetua
–aunque se le tilde de revisable, es lo que es- o la custodia de seguridad. En
materia tributaria y administrativa, estableciendo nuevos gravámenes no
precisamente equitativos, extendiendo las facultades sancionadoras a despecho
de las necesarias garantías, situando al sujeto pasivo como sospechoso habitual
a ojos del poder público y horadando las garantías en el procedimiento
administrativo, a la par que, con el deterioro en el funcionamiento de la
propia Administración –consecuencia inmediata de los recortes-, aumentan los
supuestos de vulneración de derechos de los sometidos a su actuación.
En segundo
lugar, es un modelo retrógrado, que pretende retornar a principios de
democracia orgánica y corporativismo en la organización y gobierno del poder
judicial, de forma ajena al resto de poderes del Estado; y que, además, no
contenta ni siquiera a los propios jueces primeramente concernidos. Es
significativo que, en lugar de analizar los seculares problemas que aquejan al
Consejo General del Poder Judicial, lo que se propone es reducir significativamente el papel de este órgano de gobierno, restándole efectividad,
con la demagogia por bandera –con la inestimable ayuda del asunto Dívar- al
pretender que sus vocales se encarguen de sus funciones poco menos que en sus
horas libres.
Y en tercer
lugar el modelo de justicia hacia el que avanza el PP es el de una justicia
elitista, alejada de cualquier criterio de servicio público. A los malos
precedentes de restricciones en el acceso a los recursos adoptadas en las
sucesivas reformas de las leyes procesales, se une ahora la Ley 10/2012, de
tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, que restringe la puerta de
entrada al Palacio de Justicia en función del tamaño de la cartera del
justiciable, que desincentivará la defensa de los derechos por los particulares
ante cualquier conflicto, que animará la privatización de la resolución de
controversias de una forma menos eficaz o menos ecuánime y que generará una
amplia sensación de frustración y desamparo en quien, ante lo que considere un
abuso o una vulneración de sus derechos encontrará fuertes dificultades
económicas –las que más duelen en estos momentos- para obtener reparación. Si a
esto se suma la precariedad generalizada de medios en el sistema, los recortes
de personal al servicio de la Administración de Justicia o la menor tasa de
jueces por habitante respecto al resto de países de la UE, el escenario de indefensión
práctica es sencillamente aterrador.
El Estado de
Derecho, en la definición clásica, es la suma del imperio de la ley –y no del
poderoso o del gobernante- y de la revisión judicial, tanto de las decisiones
del poder público como de las conductas de los particulares cuando afectan a un
tercero. Si invocar el Derecho eficazmente será estricta cuestión de capacidad
económica y el poder judicial encontrará dificultades notables para ejercer su función,
ya sabemos cómo no podremos calificar a nuestro sistema de ahora en adelante.
Publicado en Fusión Asturias, enero de 2013.
Etiquetas: CGPJ, Código Penal, Estado de Derecho, justicia, Ministro de Justicia, Poder Judicial, tasas judiciales
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